El 7 de Diciembre 2007
Hola Noelia. Convendría que concretaras más tu mensaje al efecto de poderte ayudar. Depende del juzgado en que estés trabajando, pero por lo general, y hasta que no se establezca de forma definitiva la nueva oficina judicial, las funciones del gestor suelen coincidir con las del tramitador, a saber, tramitación pura y dura. En mi juzgado todos hacemos lo mismo, pero mírates los artículos 470 y ss de la LOPJ, creo que el 478, y saldrás de dudas.