¿Buscas alumnos? Entra y promociona tus cursos
¿Buscas formación? Entra o regístrate
Cursos   Masters   Universidades   Cursos Gratis   Oposiciones   Subvencionados   Formación Profesional   Foros    
     Otras búsquedas
 Home > Economía y Empresa > Recursos Humanos > RRHH General >Foro de Nóminas
Foro de Nóminas ------
Foro de Nóminas ------
  
 
  Mensajes 1-5 de 5


Tema creado el 8 de Mayo 2008

los 400€ de IRPF

     
Agradecer
 
Javier
139 mensajes
Nominar a ser expertoNominale a experto

Alguien sabe algo de como se devuelven esos 400€

No lo tengo del todo claro como se hace y que implicaciones finales tiene

esta claro que se devuelve a quien los pague entre julio y diciembre, pero como se debe de efectuar?

es obligado hacerlo?

puede el empleado esperarse a realizar la declaracion a final de año?

si entro un trabajador a medio año como se si ya le han devuelto y cuanto en otra empresa?

si despido a un trabajador le tengo que devolver hasta los 400??

 

Se me plantean mas dudas que otra cosa

A ver si alguien sabe algo cierto

Att,

Javier

 

 
¿Abuso?. Publicidad, ilegal, contenido, ofensivo, ...
¿Responde a tu pregunta?
Cierra este tema  Cierra este tema    Borrar tema Borrar tema   
Enviar a un amigo  Envía a un amigo

Maria dolores
8 mensajes
Nominar a ser expertoNominale a experto
     
Agradecer
El 14 de Mayo 2008
metete en la pag. de la agencia tributario que ahí te viene todo.
 

Agradecimientos recibidos:
Spain(1) 

¿Abuso?. Publicidad, ilegal, contenido, ofensivo, ...
¿Responde a tu pregunta?
Javier
139 mensajes
Nominar a ser expertoNominale a experto
     
Agradecer
El 14 de Mayo 2008
en la pagina de la Agencia tributaria  www.aeat.es no lo encuentro solo encuentro algo en la pagina del ministeri de hacienda www.minhac.es pero solo indica la ley 2/2008 y el proyecto del real recreto que han de publicar, asi que tampoco dejan nada claro ahi,
si me puedes pegar el enlace a donde lo indica en la agencia tributaria te lo agradecere enormemente
 
gracias de antemano
Javier

¿Abuso?. Publicidad, ilegal, contenido, ofensivo, ...
¿Responde a tu pregunta?
Jaime
1 mensajes
     
Agradecer
El 26 de Mayo 2008
"en la pagina de la Agencia tributaria  www.aeat.es no lo encuentro solo encuentro algo en la pagina del ministeri de hacienda www.minhac.es pero solo indica la ley 2/2008 y el proyecto del real recreto que han de publicar, asi que tampoco dejan nada claro ahi,
si me puedes pegar el enlace a donde lo indica en la agencia tributaria te lo agradecere enormemente
 
gracias de antemano
Javier
"

por Javier (Mayo 2008)
 
Este es el enlace (lo que aparece en la barra de direcciones) de la página de la aeat. Ahí viene más o menos explicado. Suerte
http://www.aeat.es/wps/portal/Navegacion2?channel=0721d7784942a110VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=7






¿Abuso?. Publicidad, ilegal, contenido, ofensivo, ...
¿Responde a tu pregunta?
Javier
139 mensajes
Nominar a ser expertoNominale a experto
     
Agradecer
El 27 de Mayo 2008
Gracias por el enlace Jaime,
hasta ahí todo esta clarisimo, lo que yo dudo y no encuentro en ningun sitio explicado es lo que dice en el nuevo reglamento de 23 de mayo sobre los 22.000€ referidoa  articulos y mas articulos de la ley y el reglamento originales que hace que me pierda, me parece que es algo de las clases pasivas pero no estoy del todo convencido, el texto dicta textualñmente:
 
."...cuando el contribuyente obtenga una cuantía total de retribucion, a la que se refiere el art. 83.2 de este reglamento, no superior a 22.000 euros anuales, la vcuota de retencion , calculada deacuerdo con lo previsto en los apartados anteriores, tendra como limite máximo el resultado de sumar a la cuantia de la deduccion por obtencion de rendimientos de trabajo prevista en el apartado 1 del articulo 80 bis de la ley del impuesto el importe resultante de aplicar el porcentaje de 43 por cierto a la diferencia positiva entre el importe de la cuantia total de retribucion y el que corresponda, segun su situacion , de los minimos excluidos de retencion previstos en el articulo 81 de este Reglamento..."
No entiendo na de na voy saltando de articulo en articulo y no me entero
 
Gracias
Javier

¿Abuso?. Publicidad, ilegal, contenido, ofensivo, ...
¿Responde a tu pregunta?
Foros y búsquedas relacionadas: Foro de Gestión de nóminas | Foro de Formación directiva | Foro de Formación de formadores | Foro de Gestión del conocimiento | Foro de Entrevista de selección | Foro de Gestión por competencias | Foro de Valoración del desempeño | Foro de Tramitación laboral/ 0% de descuento de irpf en nominas | impresion nominas | hacer nominas | plantilla nominas | tablas de irpf nominas 2008 de vizcaya | programas nominas | atrasos nominas | formato nominas | nominas | calculo nominas
emagister.com cumple la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y posee el código de inscripción nº 2002010053 del Registro General de la Agencia de Protección de Datos.
Copyright © 1999/2000 - Grupo Intercom - Todos los derechos

Publicidad