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Foro de Derecho inmobiliario ------
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Tema creado el 13 de Julio 2008

¿Qué puedo hacer?

     
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Adara
3 mensajes

 El pasado 13 de mayo me compré una casa por medio de una inmobiliaria y se me plantean varios problemas os los expongo a ver si alguien me puede guiar para ver donde me tengo que dirigir:
      -  La casa es del año 1949, la escritura aparecen 90 m y en realidad tiene 240, y resulta que nada mas firmar la escritura ante el notario, el cual no comentó el detalle de los 90 metros, el director del banco y dicho director me comentan que tengo que escriturar por los 240 metros y que son otros 1.000 euros de escritura, como ya he indicado arriba la casa es de 1949 y consta que los anteriores dueños hicieron una reforma de la cual han salido los demas metros, cuando la casa mantiene todo como en aquella época, es legal que yo tenga que pagar  esta escritura que me están obligando  a firmar?????.
       -  Seguimos con los desperfectos, nos ha salido una gotera en el pasillo, junto con una grieta toda alrededor de una de las puertas de las habitaciones, nos arrancaron la instalación de la antena de TV, las persianas (nuevas) no bajan, hay que tirar de ellas para que bajen, la caldera (agua caliente/ calefacción) también tiene tara aunque no lleva puesta ni un año, si usas la calefacción no tiene agua caliente, los techos están todos rajados, tapados por supuesto por una mano de pintura, los suelos de la planta de arriba son de tarima pero están todos levantados y entre lámina y lámina cabe un dedo, cosa que en su dia taparon, y asi un sinfin de cosillas.
 Y para más inri, este señor que nos vendió la casa se fué a su pais y será casi imposible encontrarle, pero la compra se realizó mediante una inmobiliaria, no se si se podrá hacer algo.

 Muchas gracias y un saludo

 
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Jjj
2 mensajes
     
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El 16 de Julio 2008
quiero anular el contrato de compraventa y tengo unas dudas. primero os pongo unas cláusulas y luego las dudas.
Plazo entrega
...fija la finalización en diciembre de 2008 ... y serán entregadas en un plazo máximo de 90 días... a partir de la concesión de la cédula de habitabilidad...
incumplimiento comprador
si optase por la resolución (el comprador) .... hará suya en cocepto d clausula penal por incumplimiento el 50% de las cantidades entregadas hasta la fecha...
incumplimiento vendedor
...en el supuesto de que existiera un incumplimiento de las obligaciones firmadas en el presente contrato, achacable a la parte vendedora, sean esta de carácter adjetivo como el plazo de entrega de la vivienda o ... la parte compradora podrá optar exigir el cumplimiento de lo pactado si es posible o la rescinsión... la resolución conllevará la devolución de las cantidades entregadas hasta la fecha.....garantizadas por aval recogido en presente contrato, más el interés de demora.... 6% interés simple anual...
 MIS DUDAS
1) ¿Con la nueva ley de Abril que he oído comentar es abusivo un 50% de penalización?
2) Las obras no van a acabar pienso yo (salvo que venga un ejército de albañiles) en diciembre de 2008. ¿Tengo derecho a la devolución del 100% en ese caso?
3) ¿Cómo puedo saber cuando está el fin de obra hecho? Es decir, puede q me digan q están esperando la cédula d habitabilidad, echar la culpa al ayuntamiento y sin embargo no haberla solicitado todavía.
 
TENGO UNA SERIA DUDA
A) RECLAMAR YA EL 50%
B) LLEGAR A UN ACUERDO Y PEDIR MÁS DEL 50% ALUDIENDO QUE NO VAN A ACABAR "NI DE COÑA" A TIEMPO Y/O QUE ES UNA CLAÚSULA ???ABUSIVA
C) ESPERA A ENERO Y RECLAMAR TODO EL DINERO. ARRIESGARME.


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