Buenos días, estoy un poco perdida con este tema.Espero podías
ayudarme.
Resumen de hechos:
franquiciada adeuda a franquiciadora una cantidad de dinero en concepto de
royalties y material suministrado.
Facturas impagadas. Unicamente tenemos como soporte documental de nuestro
crédito el contrato firmado en su día - contrato de franquicia - y dichas
facturas, así como otros pagos si realizados por la deudora que por tanto no
se deben.
Al pedir pago de las cantidades adeudadas, señalan que es imposible hacer
pago,que presentaran concurso de acreedores dada su situación economica.
No consideramos conveniente incurrir en mayor gasto, es decir, si iniciamos
procedimiento arbitral (pues lo recoge el contrato )reclamando el pago, si
antes de dictarse laudo se presenta solicitud de concurso, este no podrá
ejecutarse y se acumulará al concurso. ¿ES CORRECTO?
Por otro lado si esperamos a que se incie el procedimiento concursal, para
que se nos reconozca el credito bastarán los documentos indicados. Sería
conveniente escritura de reconocimiento de deuda?????. dicha escritura sería
soporte documental bastante para el reconocimiento de nuestro credito en el
concurso o bastan las facturas????
No se si me explico con claridad
RUEGO ACLAREIS MIS DUDAS
Gracias