mi pregunta va orientada a las definiciones que le corresponden a cada uno de estos actores. Desde el punto de vista impositivo, en algunos lugares las "empresas contructoras" no pagan determinados tributos. Por lo tanto si actua la empresa "PEPE CONTRUCCIONES" que solo se dedica a subcontratar a los sujetos que realizaran la demoliciòn, la estructura, el hormigon armado, el enyesado, la pintura, las instalaciones, etc. Se consideraria que PEPE CONST es empresa constructora? por que de ser asi, habria 2 sujetos que se atribuyen la construccion por el Estructura, 2 sujetos que se atribuyen la construccion por el ENYESADO, etc, etc. NO siendo posible que 2 sujetos construyan la misma cosa. Sin embargo, el responsable de toda la construccion, el que figura en todos los papeles legales que el municipio exige es PEPE CONST.
Me interesaria escuchar opiniones al respecto. Mi profesiòn es Contador Público.
Gracias