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Tema creado el 13 de Octubre 2008

desederaciones de casas

     
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Pedro luis
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me gustaria que me aclarase  esta cuestion.mi madre tiene 5 hermanos y sus padres fallecieron hace tiempo.si 2 hermanos viven en la casa de los padres(fallecidos) los arreglos de la casa corren a cuenta de los que viven en ella o de todos. muchas gracias
 
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Salomon
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El 13 de Octubre 2008
para efectos de conservacion deben cubrir los gastos quienes  habitan la casa, si hubiera testamento lo conveniente es que los gastos los hagan los herederos testamentarios, si nohubiere testamento y todos heredaran por partes igulaes sera hasta que  se haga el inventario y avaluo donde se anoten los gastos hechos y entonces el juez ordenara el pago a prorrata. sigo a tus ordenes salomon

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Pedro luis
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El 14 de Octubre 2008
"para efectos de conservacion deben cubrir los gastos quienes  habitan la casa, si hubiera testamento lo conveniente es que los gastos los hagan los herederos testamentarios, si nohubiere testamento y todos heredaran por partes igulaes sera hasta que  se haga el inventario y avaluo donde se anoten los gastos hechos y entonces el juez ordenara el pago a prorrata. sigo a tus ordenes salomon "
por Salomon (Octubre 2008)


buenos dias.le voy a hacer otra pregunta.Si en el testamento los padres dejan un sufructos mientras para los solteros vivan.¿Como se paga la contribuciony gastos por si se deteriora algo u se repara tejados etc......? muchas gracias



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Salomon
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El 15 de Octubre 2008
el usufructo es un derecho que, si no se condiciona o se  especifica algo en el documento donde se constituye los gastos de conservacion seran por cuenta del usufructuario. salomon

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Pedro luis
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El 16 de Octubre 2008
buenos dias.la casa esta en sufructos.pero pone que todos los arreglos se tienen que pagar entre todos.desde que murio mi abuela (hace 3 años)quedarian 2 años para los 5.dicen que si en 5 años no pagan nada los hermanos, la casa se queda para los que esta viviendo.queria saber si eso se puede hacer por que es lo que dicen ellos.muchas gracias.

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Salomon
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El 16 de Octubre 2008
Primero, es necesario saber si el usufructo fue  concedido en el testamento. Segundo,en un testamento no se puede obligar a un tercero a cumplir con una obligacion ajena,  si en el testamento se concedio el usufructo a una persona y se impusieron cargas a otras, puedes no hacer caso de las cargas a menos que se te haya incluido como heredero de un bien que tiene señalado un termino para la conclusion del usufructo, de otro modo solo tendras obligaciones y no derechos y eso no puede ser materia del testamento. sigoa tus ordenes . salomon

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FRAILE Y ASOCIADOS
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El 17 de Octubre 2008
Estimado Pedro Luis, 
Las reparaciones ordinarias de la vivienda corresponden a quien vive en ella y las reparaciones como derramas de comunidad, impuestos corresponden a los propietarios de la vivienda.

En caso de que desee que revisemos su caso estaremos encantados de poderles ayudar.
En caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.
Un saludo
Despacho Fraile y Asociados
contacto@fraileyasociados.com
www.fraileyasociados.com
www.divorcioenhoras.com
902.88.54.73


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