El 1 de Abril 2008
Hola Yolanda, tu tienes 14 días festivos anuales y no recuperables, si trabajas estos días festivos, o bien te los abonan como extra, o te los puedes cambiar por otro día de descanso, mira tu convenio, pero nunca se debe solapar, y se ha de añadir al dia de descanso ya asignado. suerte.