El 27 de Mayo 2008
Gracias por el enlace Jaime,
hasta ahí todo esta clarisimo, lo que yo dudo y no encuentro en ningun sitio explicado es lo que dice en el nuevo reglamento de 23 de mayo sobre los 22.000€ referidoa articulos y mas articulos de la ley y el reglamento originales que hace que me pierda, me parece que es algo de las clases pasivas pero no estoy del todo convencido, el texto dicta textualñmente:
."...cuando el contribuyente obtenga una cuantía total de retribucion, a la que se refiere el art. 83.2 de este reglamento, no superior a 22.000 euros anuales, la vcuota de retencion , calculada deacuerdo con lo previsto en los apartados anteriores, tendra como limite máximo el resultado de sumar a la cuantia de la deduccion por obtencion de rendimientos de trabajo prevista en el apartado 1 del articulo 80 bis de la ley del impuesto el importe resultante de aplicar el porcentaje de 43 por cierto a la diferencia positiva entre el importe de la cuantia total de retribucion y el que corresponda, segun su situacion , de los minimos excluidos de retencion previstos en el articulo 81 de este Reglamento..."
No entiendo na de na voy saltando de articulo en articulo y no me entero
Gracias
Javier