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Tema creado el 12 de Mayo 2008

Se puede o debe hacer esto...

     
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Pablo
1 mensajes

Bueno, seguro que alguno se acordará de mi, sobre todo agradezco de antemano las ayudas de El Maño, como buen conocedor de la materia, y es que a la fuerza ahorcan.

Os digo que soy representante sindicalde mi empresa  y hace tiempo pregunté la mejor manera para plantear al empresario la negociación de un calendario laboral y así contemplar el exceso de horas que tenemos este año. Se lo planteé por escrito donde firmaron más del 50% de los trabajadores. Primero decir que todo esto, y lo sabía de antemano, no les gustó nada. Ha pasado como un mes y no he recibido respuesta del empresario hasta hoy, en el que he recibido en mi domicilio un burofax, que no se todavía porque ante mi ausencia tengo que recoger mañana. Entendiendo que ese burofax va del tema de la carta, mi pregunta es si está bien hecho eso de que me lo manden a mi, a mi domicilio particular o por el contrario deberían de habermelo notificado en la propia empresa como "representante" que soy. Bueno si me contestáis en las próximas horas, mucho mejor, así tendré más conocimiento del tema.

Por otro lado ya expondré aquí de que va ese burofax cuando lo recoga, porque yo se  de otras empresas que mandan despidos por ese sistema, ja ja.

 
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El abuelo del foro. El maño.
931 mensajes
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El 12 de Mayo 2008
En principio la empresa te puede enviar a tu domicilio particular las notificaciones que estime oportunas, pero OJO... siempre que sean en casos concretos tuyos particularmente.
Como representante de los trabajadores, la ética es que te lo entreguen en tu puesto de trabajo, porque el domicilio legal del comité de empresa o de un representante, como digo, el domicilio es el de la propia empresa y no tiene capacidad legal para mandarte nada a tu casa, que sea que esté relacionado con el comité de empresa.
Tampoco creo que sea causa de ningunas medida en concreto, ya que si lo recibes, recibido está. Con esto te quiero decir que tanto si te lo dan en la empresa como si te lo mandan a casa, puedes tomar las mismas medidas legales que puedan corresponder.
Como medida preventiva NO FIRMES NADA DE NADA.
BAJO  NINGÚN  CONCEPTO  PUEDEN  DESPEDIR  A  NINGÚN  REPRESENTANTE  DE  LOS TRABAJADORES.         NINGÚN JUEZ LO ADMITE. Y MUCHO MENOS POR ESTOS MOTIVOS. 
Suponiendo que ese fuese tu caso, con la notificación acude a la oficina de un sindicato y allí te indicarán los pasos a seguir. NO VAYAS A LA EMPRESA PARA DISCUTIR CON EL JEFE. El primer paso es el del sindicato... ellos te asesorarán sobre los pasos a seguir.
Sobre todo y muy importante NO FIRMES NADA DE NADA. Ni finiquitos ni notificaciones...  NADA.
En caso de despido, siendo representante legal de los trabajadores lo va a tener muy dificil y si siguiese insistiendo en ello, la indemnización es muy superior a la de despido improcedente, ya que en este caso es el juez el que la pone.
También puede ser (seguro que es así), que tu empresario carezca de los conocimientos legales que debiese y entonces te comunica la resolución a ti personalmente, sobre el tema propuesto por los trabajadores.
Lo lógico es que hubiese firmado la mayoría de los trabajadores, para reclamar unos derechosd que ya vienen reflejados en el convenio y que incluso no habría que solicitar, pero.... no todos dan la cara para estos temas. Mi opinión también en ese caso es más dura para los que no piden sus derechos. No merecen que nadie les represente.
Representante es hablar por ellos, con el respaldo de ellos y por supuesto con sus peticiones fundamentadas sobre todo en el texto de nuestro convenio o en el Estatuto de los Trabajadores.
Suerte y ya me dirás.

Agradecimientos recibidos:
Spain(2) 

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